Las novedades de la DIOT para el 2025
- CP. MDF. EFRAIN MARTINEZ
- 9 feb
- 1 Min. de lectura
A partir del 3 de febrero de 2025, el SAT ha implementado una nueva plataforma para la presentación de la DIOT. Esta plataforma está diseñada para facilitar la presentación de la declaración y permite la precarga de información de los Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI).
DIOT 2025 requiere un desglose más detallado de las operaciones realizadas con terceros informando la clasificación de las operaciones según los actos gravados, exentos y no objeto de IVA por lo que se deberá proporcionar a mas detalle las actividades al 8% en la zona fronteriza, mayor detalle del IVA no acreditable e información sobre el IVA de las importaciones, diferenciando entre bienes tangibles e intangibles
Es importante recordar que las personas físicas con ingresos de hasta 4 millones de pesos no están obligadas a presentar la DIOT.
Recomendaciones:
Familiarízate con la nueva plataforma
Reúne toda la información necesaria (RFC de proveedores y clientes, importes de las operaciones, IVA, etc.).
Clasifica correctamente las operaciones según el tipo de IVA.
Cumple con los plazos
Para acceder a la nueva plataforma ingresa al portal del SAT en la sección de "Declaraciones Informativas". SAT: https://www.sat.gob.mx/declaracion/74295/presenta-tu-declaracion-informativa-de-operaciones-con-terceros-%28diot%29-
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